8 de Marzo, un compromiso con los derechos humanos de las mujeres.
En esta nueva conmemoración del día internacional de la mujer trabajadora, se hace necesario recordar la lucha de las mujeres que nos antecedieron y que llevaron a cabo acciones para mejorar las condiciones laborales, salariales, lograrigualdad de género y avanzar en la no discriminación por el solo hecho de ser mujer.
A más de un siglo aún persisten los mismos desafíos y se hace urgente comprender que los derechos de las mujeres son derechos humanos, y por tanto el Estado tiene la obligación de protegerlos y garantizarlos.
Chile ha ratificado dos instrumentos específicos sobre los derechos de las mujeres: la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW) y la Convención interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (BELEM DO PARÁ).
Desde el comité CEDAW (mecanismo encargado de hacer seguimiento a la convención en los Estados) se han entregado a Chile diversas recomendaciones (algunas que se repiten en más de una revisión al Estado) para abordar las brechas que persisten en el ejercicio de derechos de las mujeres en todo ámbito, salud, educación, participación política, empleo, igualdad y no discriminación, entre otras.
Las recomendaciones más relevantes del octavo periodo (2024) dicen relación con seguir implementando acciones para prevenir y abordar la violencia de género contra la mujer. Por un lado, reconoce los avances que existen hasta el momento, y también hace un llamado a “… que se denuncien los casos de violencia en contra las mujeres y niñas, mediante la realización de campañas en los medios de comunicación para concienciar sobre el carácter delictivo de la violencia de género contra la mujer…”. También se hace mención en las obligaciones para avanzar en las barreras culturales estructurales que inciden en los estereotipos y discriminación de género. El Comité CEDAW y recomiendaque “…apruebe y aplique una política integral sobre los discursos de odio hacia mujeres y niñas en cuya aplicación estén implicados los hombres y los niños, incluidos los medios de comunicación, así como las entidades públicas y privadas”.
En la región se hace necesario revisar también las recomendaciones referidas a mujeres rurales e indígenas, donde las brechas se acrecientan aún más, algunas de ellas referidas en materia de acceso a la salud reproductiva, seguridad laboral para trabajadoras agrícolas, tenencia individual y colectiva de sus tierras y participación plena en las decisiones que les afectan.
La igualdad de género no es solo una cuestión de justicia social, sino también una condición indispensable para el desarrollo de cualquier sociedad, por ello se requieren políticas públicas efectivas y acciones coherentes con las recomendaciones de los organismos internacionales que velan por los derechos humanos, para así lograr que ninguna mujer se quede atrás.
Recordemos que los derechos humanos no son negociables, y la igualdad de género hace parte de dichos derechos, es obligación del Estado garantizar condiciones donde las mujeres y niñas puedan vivir libres, seguras y con las mismas oportunidades que los hombres.
Soledad Molinet Huechucura. Socióloga. Profesional Sede Regional del Instituto Nacional de Derechos Humanos.