Inédita sentencia legal para club del fútbol rural de Angol

ANGOL.- Durante la mañana del dia de hoy se entregó una sentencia debido a una sanción contra una destacada jugadora del Club Los Confines de Angol y que había sido emanada desde la asociación donde el club participa, la Asociación de Fútbol Rural IX Región «AFUR».

La sanción radica en la alineación indebida de la jugadora Luxandra Erices ya que según las bases del torneo regional de clubes campeones de la AFUR, en ella se indica un reclamo del club rival «Juventud de Nueva Imperial» (que había sido eliminado deportivamente por Los Confines) por la alineación de una jugadora con pasado en el fútbol profesional ya que según antecedentes recabados por el club, la jugadora perteneció a las filas de Naval de Talcahuano cuando este pertenecía al profesionalismo bajo la Asociación Nacional de Fútbol Profesional «ANFP», esta situación iría en contra de las bases del torneo.

Los cuestionamientos por parte del club demandado parten especificamente por la información que recaba el club ya que la información correspondiente a la ANFP sobre las plantillas de clubes profesionales solo pueden acceder los dirigentes regionales y no los dirigentes de los clubes, situación que hace este reclamo poco transparente.

Sobre el reclamo la AFUR la acoje y elimina al Club Los Confines del torneo regional, lo elimina del su asociación local en la categoría que participa, y le aplica una multa de 3 UTM.

ANTECEDENTES.

Realizada esta sanción al club, la jugadora en apoyo de su directiva realizan una solicitud de recurso de protección para Luxandra y su club en contra de la AFUR por realizar actos arbitrarios que perturban y amenazan derechos de la jugadora, al IND (Instituto nacional del deporte) por omisión ilegal y arbitraria por permitir que la AFUR antes mencionada realizara estos actos, y a la ANFP (Asociación nacional de fútbol profesional) por mantener un registro que sirve de base para el acto ilegal y arbitrario contrario a las normas antidiscriminación., Todo lo antes mencionado bajo la defensa del Abogado Eduardo Contreras Diaz.

DEFENSA.

Consultado el abogado Eduardo Contreras sobre la causa, este nos indica que en defensa de Luxandra Erices se presentó este recurso con el argumento que la jugadora fue parte de la plantilla en 2015 y que posteriormente en el año 2019 se desafilió del club, situación que para la AFUR fue conveniente para declararla como ex jugadora profesional y posteriormente castigarla a ella y al club.


Imagen: Abogado Eduardo Contreras

Contreras indica en la defensa de Luxandra que cuando ella perteneció a Naval de Talcahuano en el año 2015, no existía el fútbol profesional en la rama femenina (esta situación cambió legalmente recién en 2022) entendiendo que en esa época las jugadoras de la rama femenina de los clubes ANFP actuaban sin contrato laboral, por lo cual era imposible que existiese un fichaje como profesional ya que esa figura legal nunca existió para ningún club en Chile.

Para sumar otro antecedente importante, al fichar en Naval, Luxandra tuvo un embarazo por lo cual ella nunca jugó un minuto en Naval y nisiquiera firmó alguna planilla de juego. En pocas palabras ella no tuvo un contrato como futbolista profesional ni consensual ni escrito.

SENTENCIA.
Finalmente se recurrió a favor al recurso de protección en favor de la jugadora Luxandra Erices en relación de la decisión adoptada por la AFUR, debiendo esta última asociación reintegrar a la jugadora a todos sus registros por no afectarle la causal de eliminación que establece el art. 131 de su reglamento.

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